Micelio
Auto29 de septiembre de 2010

A- de 2010

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Didier Urquijo Reyes Y Otros Vs Accion Social

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de Competencia.

El proceso le correspondió por reparto al Juzgado Tercero Pernal del Circuito Especializado con Funciones de Conocimiento de Neiva, despacho que se declaró sin competencia bajo el argumento de que los accionantes se encontraban residenciados y domiciliados en Florencia Caquetá, ciudad a la cual remitió el expediente.

En nuevo reparto, le correspondió la tutela al Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Florencia, quien tampoco avocó el conocimiento, por considerar que como los accionantes dieron como ciudad de notificación Neiva, eran los jueces de dicha ciudad quienes debían tramitar la acción.

La Corte, después de analizar las normas que determinan la competencia en materia de tutela, decide el conflicto ordenando remitir el expediente al Juzgado Tercero Pernal del Circuito Especializado con Funciones de Conocimiento de Neiva, para que allí se tramite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (9 puntos)
  1. PRIMERO. DECIDIR el conflicto de competencia presentado entre el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo de Familia de Florencia y el Juzgado
  3. Tercero. Penal del Circuito Especializado con Funciones de Conocimiento de Neiva, ordenando la remisión del expediente a este último.
  4. SEGUNDO. Como consecuencia de lo anterior, REMITIR el expediente contentivo de la acción de tutela instaurada por Didier Urquijo Reyes, Fabio Sánchez Ríos, María Arlecy Suaza Trujillo, Rocío Muñoz Franco, Stella Espinosa Aguilar, Rodrigo Godoy Rojas, Aldemar Bautista Salinas, Luz Mery Loaiza Ospina, Jesús Cano Herrera, Germán Méndez Ramírez, Patricia Arévalo Rayo, Ramiro Cruz Cabiedes, Luis Martínez Pulido, María Fabiola Fierro, Hernán Vélez Izaza, Jorge Tovar Rojas, Luis Antonio Naes y Disney Castro Rivera contra Acción Social, al Juzgado
  5. Tercero. Penal del Circuito Especializado con Funciones de Conocimiento de Neiva para que sin más demoras, tramite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
  6. TERCERO. REITERAR al titular de dicho despacho el deber que tiene de atender los precedentes jurisprudenciales sentados por esta Corte, tanto en materia de conflictos de competencia como en eventos en los que pueden encontrarse afectados sujetos merecedores de especial protección.
  7. CUARTO. Por Secretaría General COMUNICAR al Juzgado
  8. Primero. Promiscuo de Familia de Florencia, la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aquí resuelto por la Corte Constitucional.
  9. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.